Actualmente los patinetes eléctricos son considerados VMP (Vehículos de movilidad personal), lo cual se encuentra en proceso de regulación europea.
Los VMP son considerados todos aquellos que tengan una o más ruedas, una única plaza, estén propulsados por un motor eléctrico y su velocidad no supere los 25 Km / h
No es necesaria ninguna documentación, ni seguro, o matriculas
No, pero en el caso de los menores, los progenitores, o tutores son los que deben velar por que cumplan la normativa
Si un patinete o cualquier otro VMP superase los 25 Km / h se consideraría un vehículo a motor y deberá acogerse a otra normativa como es el caso de los ciclomotores.
¿Por qué me pueden multar en Patinete Eléctrico?
A grandes rasgos pueden multarte por lo mismo que en la conducción de cualquier otro VMP, y algunos vehículos que no están dentro de esa familia.
- Circular por aceras o zonas reservadas para los peatones (100 €)
- Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas (de 200 a 1000 €)
- Conducir usando cascos (de 200 a 1000 €)
- Cometer negligencias en la conducción (de 200 a 1000 €)
- Transportar a más de una persona
- No llevar luces y prendas reflectantes en situaciones de escasa visibilidad
Razones por las que pueden multarte, según el municipio
Ante la falta de regulación en el reglamento general de circulación, cada municipio puede poner sus normas y deberás consultar en tu municipio las ordenanzas a tal efecto.
- Uso del casco, puede ser obligatorio según el municipio (Multa de 200 €)
- Estacionamientos y paradas
- Edad mínima (En algunas ocasiones pueden poner una limitación, p.e en Madrid y Sevilla son 15 años, pero en Barcelona y Valencia 16 años)
- Circular por carril Bici que discurra por acera
- Asegurar con cadenas o similares al mobiliario urbano
- Cruzar por un paso de cebra montado en él